Un golpe para los propietarios. Después de 5 años de espera 14 días para el pago

- Los alcaldes y presidentes de ciudades emiten decisiones sobre la evaluación del impuesto predial con un retraso de hasta 5 años.
- Al mismo tiempo, establecieron sólo un plazo de 14 días para pagar este impuesto. Además, el impuesto vencido no se puede pagar en cuotas.
- “Esta solución es irracional”, escribe sin rodeos el Comisario de Derechos Humanos.
Según informó la Oficina del Comisionado de los Derechos Humanos, recientemente se han recibido numerosas quejas de la ciudadanía con respecto a la emisión de resoluciones de valoración en materia de impuesto predial .
Ocurre que esto sucede incluso 5 años después de la fecha de presentación de la declaración.
- explica la Oficina del Comisionado de Derechos Humanos.
Las entidades que emiten estas decisiones son:
- alcalde,
- alcalde,
- presidente de la ciudad.
La ley permite fijar el plazo para el pago del impuesto vencido en 14 días desde la fecha de emisión de la resolución, aun cuando la propia liquidación del impuesto se haya establecido hasta 5 años antes.
Pagar impuestos de hace 5 años es una gran carga para los ciudadanosLos contribuyentes consideran que es una situación injusta cuando la autoridad emite decisiones fiscales de los últimos 5 años y el ciudadano sólo tiene 14 días para liquidar la deuda. Además , el pago único de un gran impuesto supone una pesada carga financiera para ellos.
Los denunciantes señalan también que la exigencia de pagar el impuesto sobre bienes inmuebles en un solo pago constituye una violación del derecho legal a pagar el impuesto sobre bienes inmuebles en cuatro plazos, tal y como se establece en el art. 6 apartado 1 punto 7 de la Ley de Impuestos y Tasas Locales.
No hace que el derecho a pagar impuestos en cuotas dependa del período al que se aplica el impuesto (el último año fiscal o años anteriores).
- señala la Oficina del Comisionado de Derechos Humanos.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Tributaria, el plazo básico de prescripción del derecho a establecer la obligación tributaria es de 3 años , contados a partir del final del año en el que nació la obligación tributaria. Este plazo podrá prorrogarse hasta cinco años . Esto ocurre cuando el contribuyente no presenta la declaración a tiempo o no proporciona toda la información necesaria para determinar el monto de la obligación tributaria.
La normativa actual no facilita a los contribuyentes la devolución de impuestos de hace muchos años.- Aunque - de acuerdo con estos principios - la autoridad tiene la posibilidad de emitir una decisión de evaluación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción, parece que la práctica de las autoridades de retrasar la emisión de una decisión hasta 5 años es contraria al principio de celeridad de los procedimientos y, sobre todo, al principio de llevar a cabo los procedimientos de una manera que inspire confianza en las autoridades fiscales - leemos en el comunicado de prensa del Comisionado de Derechos Humanos.
Por el momento, la Oficina del Comisionado de Derechos Humanos ha solicitado al Ministerio de Finanzas que tome una posición al respecto. Más aún porque, en opinión de la oficina, el plazo para el pago de la deuda del impuesto sobre bienes inmuebles sin posibilidad de pago fraccionado no es una solución racional. Esto no facilita que los contribuyentes reembolsen el impuesto, que en muchos casos se liquidó varios años atrás.
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