Se acabó el papeleo. A partir de 2026, solo se utilizará documentación electrónica en los servicios de rescate.

Autor: MCD • Fuente: Rynek Zdrowia • Publicado: 12 de julio de 2025 14:20 • Actualizado: 12 de julio de 2025 14:28
El reglamento que introduce la documentación electrónica en los servicios médicos de urgencia se ha publicado en el Boletín Oficial. Entrará en vigor el 26 de julio, pero incluye un período de transición.
- A partir del 1 de enero de 2026, los historiales médicos de los servicios médicos de urgencia se conservarán exclusivamente en formato electrónico.
- La Revista de Derecho publicó dos reglamentos sobre esta materia
- La solución que se está introduciendo pretende mejorar la circulación de la documentación, aumentar la disponibilidad de los datos y reducir la necesidad de imprimirlos.
Se han publicado en el Boletín Oficial dos reglamentos que modifican las disposiciones sobre historiales médicos electrónicos. Estos incluyen una modificación de los reglamentos sobre los tipos de historiales médicos electrónicos y sobre los tipos, el alcance y las plantillas de historiales médicos, así como su método de procesamiento.
El reglamento introduce la documentación electrónica en los servicios médicos de emergencia. Su objetivo es agilizar el flujo de documentación, aumentar la accesibilidad a los datos para pacientes y profesionales sanitarios, y reducir la necesidad de imprimir documentación en papel.
El primer reglamento supone la introducción de una documentación médica electrónica en forma de tarjeta electrónica para las actividades de rescate médico y de una tarjeta médica electrónica para el equipo de rescate aéreo.
La segunda regulación supone que la tarjeta médica de rescate y la tarjeta médica del equipo de rescate aéreo se generarán en el Sistema de Apoyo al Comando de Servicios Médicos de Emergencia del Estado y se pondrán a disposición como documentación electrónica de las personas o entidades autorizadas para obtenerlas.
El párrafo 46, apartado 2, punto 1, también otorga a los equipos médicos de emergencia el derecho a acceder a los registros médicos históricos de rescate y a los registros médicos del equipo de ambulancia aérea creados para un paciente determinado si «esto es necesario para garantizar la ejecución de la salida o la orden de salida del equipo médico de emergencia». Además, estos documentos se ponen a disposición de:
- a otra entidad sanitaria, a través del sistema informático, en caso de que el paciente sea trasladado a la misma,
- al paciente o a su representante legal o persona autorizada a través de la Cuenta de Paciente en Línea.
Ambos reglamentos que modifican la normativa fueron publicados el viernes 11 de noviembre y entrarán en vigor 14 días después de su publicación.
Sin embargo, se prevé un período de transición. Hasta el 31 de diciembre de 2025, ambas tarjetas (servicios médicos de emergencia y equipo médico de ambulancia aérea) podrán mantenerse y estar disponibles según las normas vigentes.
Esto permitirá que el Centro de Salud Electrónica y el Centro Nacional de Monitoreo de Servicios Médicos de Emergencia adapten el Sistema de Apoyo al Comando de Servicios Médicos de Emergencia del Estado a los cambios introducidos por el reglamento.
Material protegido por derechos de autor: las reglas de reimpresión se especifican en el reglamento .
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